Calle 99 No. 12–39 piso 4.  BOGOTÁ, DC. - COLOMBIA Tel. (571) 621-9721 - WWW.PINZONPINZON.COM
- Volumen 23 -
Enero 2006
 EDITORIAL

Apreciado Lector:

Como hemos tenido ocasión de informar a todos nuestros clientes y amigos, nuestra firma se encuentra complacida de volver a su nombre original PINZON PINZON & ASOCIADOS, al tiempo que hemos dado noticia de nuestra nueva dirección electrónica: pinzonpinzon@pinzonpinzon.com

Nuestra firma continua operando desde la misma sede que lo hace desde el año 1999 localizada en la Calle 99 No. 12 – 39 piso 4 de Bogotá Tel. (571) 621-9721.
 

Con el fin de continuar acompañando cada vez más y mejor su proceso de expansión global, es un placer para nosotros comunicarle que nuestra firma, en el mes de septiembre de 2005 hace parte de la nueva estructura internacional denominada IB Firm Iberoamerican Legal Services, permitiendo a nuestra firma una integración operativa con sedes en Miami y Madrid, desde donde se proyectarán nuestros servicios hacia Norteamérica, Europa y Asia.

Como un medio para estar siempre en contacto y brindar información de interés en el área de la propiedad intelectual, estamos remitiendo por esta vía nuestro boletín institucional, que esperamos sea de su interés.

Mauricio Pinzón Pinzón
Director General.

 
 SE DECLARA NULIDAD DE MARCA POR HABER SIDO OBTENIDA DE MALA FE
En un importante precedente judicial respecto de una de las causales de nulidad marcaria de más escasa ocurrencia, el Consejo de Estado de Colombia declaró la nulidad del registro obtenido sobre la marca “TAPA ROJA”, al encontrar que la misma había sido obtenida de mala fe.

A instancias de la demanda interpuesta por la Fábrica de Licores del Tolima, el Consejo de Estado estableció que la marca fue solicitada para registro, inmediatamente después de que el período para su renovación había vencido, dejando disponible una de las marcas de licores más reconocidas de Colombia.

No obstante, se demostró que el solicitante del registro demandado conocía de la existencia del registro anterior, pues en el pasado había prestado sus servicios a la Fábrica de Licores del Tolima para la creación del producto “Aguardiente Tapa Roja”. Esto, sumado al hecho de que en Colombia los particulares no pueden fabricar dicho licor pues corresponde a un arbitrio rentístico de los Departamentos, fue fundamento para que el Consejo de Estado evidenciara la intención de causar daño al demandante, y declarara la nulidad del registro por haber sido obtenido de mala fe.

 “LA PROTECCION DE DATOS DE PRUEBA ES CONTRARIA AL ORDENAMIENTO ANDINO”

Así lo estimó el Tribunal Andino de Justicia, en momentos en que Colombia y Ecuador adelantan la negociación de un Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos, en donde la protección de los datos de prueba es parte fundamental de la propuesta del país norteamericano.

El Decreto 2085 de 2002, protege a los datos de prueba por el término de hasta 5 años contra su uso comercial desleal. Tales datos corresponden a la información que se entrega a la autoridad sanitaria (INVIMA) a efecto de obtener el registro sanitario de medicamentos.

El gobierno nacional ha manifestado que el citado Decreto desarrolla un precepto del Acuerdo ADPIC de la OMC, al tiempo que la propia Secretaría de la Comunidad Andina se manifestó sobre la compatibilidad del Decreto con el ordenamiento comunitario (Resolución 817 de 2004), por lo cual anunció que solicitará al Tribunal Andino una aclaración de su fallo.

No obstante la contradicción que queda planteada con la normatividad andina de propiedad industrial, el Gobierno se propone seguir adelante con la negociación del TLC con Estados Unidos, al tiempo que ha reiterado que el citado fallo no afecta la vigencia del Decreto 2085 de 2002.

 IBM LIDERA NUMERO DE PATENTES EN ESTADOS UNIDOS.

La Oficina de Patentes y Marcas Comerciales de los EEUU (United States Patent and Trademark Office / USPTO) dio a conocer su lista anual de entidades que han recibido la mayor cantidad de patentes en donde, por décimo tercer año consecutivo, IBM (International Business Machines Corporation) ocupa el primer lugar con 2.974 patentes registradas.

El listado de las diez empresas que obtuvieron más registros de patentes es el siguiente:

El anuncio de estas estadísticas coincide con diversas iniciativas propiciadas, inclusive por algunas de las empresas que aparecen en este listado, para mejorar la calidad de las patentes que se conceden, en el sentido de garantizar que las mismas correspondan a genuinos avances científicos y a verdaderas innovaciones tecnológicas, como una forma de incentivar la inversión de las empresas e instituciones académicas en investigación y desarrollo, y evitar una “sobre protección” que afecta la innovación y el interés público.
Estas iniciativas buscan, entre otras, que el examen de patentabilidad pueda ser público, a través de Internet, de manera que la comunidad científica de todo el mundo pueda manifestarse sobre la verdadera novedad de las invenciones.
 LA DISCUSION SOBRE LA DESCARGA DE OBRAS EN INTERNET.


El Parlamento Francés ha rechazado el proyecto de ley presentado por el Gobierno de ese país, con el cual se buscaba implementar la denominada “Directiva Europea sobre los Derechos de Autor en la Sociedad de la Información”, en un nuevo capítulo de la ya extensa discusión acerca de la regulación de la copia o descarga privada de contenidos de Internet, a nivel mundial.

El proyecto de ley que fue rechazado, eliminaba la posibilidad de ejercer el derecho de copia privada sobre los contenidos accesibles por Internet. Ahora, el Gobierno Francés se ha visto en la necesidad de replantear el sentido del proyecto, permitiendo a los usuarios un número limitado de copias, siempre que carezcan de una intención comercial. 

Los sectores que propender por la protección del Derecho de Autor han venido insistiendo en que no se debe permitir la aplicación del derecho de copia privada en Internet, en tanto su aplicación sería contraria a la denominada “regla de los tres pasos” pues afectaría la normal explotación de las obras en el entorno digital. De otra parte, los usuarios de tecnologías informáticas, asociaciones de consumidores y defensores de derechos civiles reclaman el derecho de hacer copias sin intención de lucro, como una de las libertades mínimas que son inherentes al uso del Internet.

Cabe mencionar que en Colombia la ley reconoce el derecho de copia privada, pero no se ha definido nada en cuanto a su aplicabilidad respecto de los contenidos accesibles por Internet.

 INCENTIVOS PARA INVENTORES NACIONALES.
La Superintendencia de Industria y Comercio anunció una reducción del 75% en las tarifas de las tasas administrativas que se pagan por patentes de invención y modelos de utilidad, cuyos solicitantes sean personas naturales, Mipymes, universidades o centros de investigación de nacionalidad colombiana.

Esta medida busca incentivar la innovación tecnológica facilitando que los inventores nacionales tengan acceso mas económico a los mecanismos de protección que suministra el sistema de propiedad industrial, de cara a los retos que la industria nacional afrontará con la entrada en vigencia de los acuerdos de libre comercio que el país se encuentra negociando actualmente.