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- Volumen 29 -
Marzo 2007
 EDITORIAL.

Apreciado Lector: 
En esta edición de la Nota Intelectual, queremos hacer énfasis en la importancia de proteger sus marcas contra la vulgarización. La vulgarización implica una pérdida de fuerza distintiva del signo, lo cual se traduce en pérdida de la inversión que se ha efectuado en su posicionamiento. En nuestra firma podemos ofrecerles herramientas a fin de evitar esta situación.

Por otro lado continuamos con el seguimiento al Tratado de Libre Comercio, sobre el cual encontrarán ustedes información reciente. Finalmente traemos para ustedes noticias en materia de patentes y derecho de autor que esperamos sean de su agrado.

Buena lectura!

Mauricio Pinzón Pinzón

 EN QUE VA EL TLC?
A pesar de que los medios de comunicación hacen eco de las declaraciones de parlamentarios estadounidenses que plantean la necesidad de renegociar enteramente el Tratado de Libre Comercio con Colombia y con Perú, el gobierno colombiano ha insistido en que oficialmente en Estados Unidos no se ha planteado una renegociación del TLC, sino que el Departamento de Comercio de ese país habló de cartas adjuntas en los temas laboral y de comercio. Este fue el informe que, de parte de la Embajada colombiana, recibió el presidente Álvaro Uribe Vélez.

Así las cosas, el gobierno nacional ha convocado a sesiones extraordinarias al Congreso de la República para que adelante la aprobación de este tratado. No obstante, semanas después de haberse iniciado dichas sesiones, no se ha avanzado en ningún sentido para su discusión y aprobación.

Sectores de la oposición critican la insistencia en negociar un tratado del cual no se conoce su texto final, dado el alcance que pueden llegar a tener las cartas adjuntas, y su incidencia en importantes aspectos sustantivos. El gobierno, por su parte, espera hacer uso de sus mayorías parlamentarias en un debate que, hasta ahora, no ha iniciado.

   
 DERECHO DE EXCLUSIVIDAD VS. VULGARIZACION DE LA MARCA.
Cuando una marca se transforma en el vocablo común para identificar de manera genérica al producto o servicio, sea cual sea su origen empresarial, se considera que esa marca se ha “vulgarizado”. Este fenómeno es motivado, por una parte, por el público que se encarga de convertir la marca en el término genérico para identificar el producto, destruyendo de esa manera su capacidad distintiva. De otra parte, esto resulta atribuible al propio titular de la marca quien no evita esta situación, y se ve expuesto a que su marca sea cancelada por esta razón.

En Colombia este fenómeno puede haberse producido, en nuestro criterio, respecto de marcas tales como “ICOPOR” para identificar el producto de poliestireno soplado de BASF, o “COLOMBINA” para identificar chupetas y golosinas fabricadas por la empresa del mismo nombre, pero que con el uso que se le ha dado en el mercado se han convertido en el término común para referirse a ese género de productos.

Otros ejemplos que se citan –a nivel internacional- de marcas que habiendo sido registradas por sus iniciales fabricantes luego cayeron en la vulgarización, son los siguientes:

  • ASPIRINA – Acido Acetil Salicílico
  • CELOFAN – Papel transparente
  • CELULOIDE – Material fílmico
  • COLA – Bebida gaseosa
  • FRISBEE – Disco volador
  • GRAMOFONO – Reproductor de grabaciones musicales
  • GRANOLA – Barra de hojuelas y fruta
  • HEROÍNA – Narcótico, originalmente registrada por BAYER como un tranquilizante
  • KEROSENE – Derivado del petróleo
  • KLEENEX – Pañuelo facial
  • MIMEOGRAFO – Máquina de reproducción de documentos
  • PIANOLA – Reproductor de piano
  • TEFLON – Superficie antiadherente
  • VASELINA – Derivado del petróleo
  • WALKMAN – Radio con audífonos
  • YO YO – Juguete
Queda en manos de cada titular el ejercer o no adecuadamente su derecho de Exclusiva para impedir que sus marcas pasen a engrosar esta lista.
 
 GUERRA DE PATENTES ENTRE MICROSOFT Y ALCATEL.
El patentamiento de software que en Estados Unidos y otros países está permitido, a diferencia de Colombia que lo prohibe, da lugar a controversias como la que ha enfrascado a estas dos empresas.

El primer episodio de esta disputa salió a la luz pública en febrero, cuando MICROSOFT recibió una multa de 1.500 millones de dólares por infringir dos patentes de ALCATEL – LUCENT relacionadas con la tecnología de conversión del formato de audio MP3, propiedad de dicha empresa.

Lo elevado de la cantidad, la más alta fijada en EEUU en un caso de patentes, se explica porque tiene en cuenta el número de ordenadores personales con el sistema operativo Windows que se han vendido en todo el mundo desde mayo del 2003, el cual incorpora esta tecnología.

Una semana después, se divulgó la sentencia de un juez federal de Estados Unidos en donde se absolvió a MICROSOFT de una segunda demanda interpuesta por ALCATEL – LUCENT, en un proceso abierto por una supuesto violación de una patente sobre la tecnología de reconocimiento voz.

Ambas empresas han anunciado que apelarán las sentencias que les han sido adversas. El resultado final de estos casos impactará el desarrollo de la industria dado lo extendido del formato MP3, que se ha convertido en el método de distribución de música más utilizado, al permitir a los usuarios escuchar audio en ordenadores, teléfonos y otros artículos portátiles.

   
 GOOGLE CONTRA LA PARED EN DERECHOS DE AUTOR.
A instancias de una demanda interpuesta por COPIEPRESSE (entidad gestora de los derechos de editores belgas de periódicos) un tribunal de Bruselas confirmó la prohibición a GOOGLE de difundir texto y fotografías de varios diarios belgas sin el consentimiento de éstos.

La sentencia del tribunal de apelación ratifica una decisión judicial de septiembre de 2006 emitida por la Corte de Primera Instancia de Bruselas, aunque reduce de 1 millón a 25.000 euros la multa por día de retraso en la retirada de los contenidos de periódicos que difundía sin permiso.
 

Por ello, según informó en una rueda de prensa Copiepresse (gestora de los derechos de editores belgas de prensa diaria), Google deberá abonar un total de 3,25 millones de euros por los 130 días en los que ha continuado publicando contenidos sin autorización en su sitio web Google News.

Además, se verá obligada a pagar 125.000 euros por los cinco días que tardó en publicar en su página la sentencia, tal y como establecía el fallo del Tribunal de Primera Instancia.

Copiepresse llevó el caso ante la Justicia en marzo de 2006 al constatar que GOOGLE sin mediar acuerdo alguno- publicaba en su página web de Bélgica (www.google.be) las noticias e imágenes de algunos de los más importantes diarios como "Le Soir", "La Libre Belgique" y "La Derniere Heure".

Hechos como este han dado lugar a que MICROSOFT hiciera una declaración pública, condenando su actitud "prepotente" en materia de derechos de autor, acusando a la compañía de internet de explotar sin permiso libros, música, películas y programas de televisión, en clara alusión a la compra por parte de GOOGLE del popular servicio de intercambio de videos YOUTUBE.