Encontrándonos en una era digital, en la que la tecnología avanza rápidamente y el uso del Internet es una necesidad de primera mano, no podía dejarse de lado la regulación jurídica a propósito del manejo de estos sistemas, pues dicho avance tecnológico ha sido utilizado también para cometer conductas delictivas.
Es por eso que, a través de la Ley 1273 de 2009, se penalizan aquellas conductas cometidas con la habilidad que actualmente brinda la era digital. Modalidades como el “phishing”, consistente en consumar una estafa suplantando la identidad de una empresa o entidad de aparente confiabilidad, para obtener información confidencial de forma fraudulenta, tiene su respectiva sanción penal.
Desde el punto de vista laboral y empresarial, esta Ley también deja de presente a los empleadores la necesidad de crear políticas internas para sus trabajadores, a fin de regular el manejo interno de la información, archivo, bases de datos y, en general, toda aquella información que puede ser fácilmente manipulada y susceptible de mal manejo en pro de la delincuencia.
Estos delitos se encuentran dentro de aquellos que deben tramitarse por medio del nuevo Procedimiento Penal Abreviado, con las ventajas que este acarrea: menores términos de duración y mayor celeridad.
Adicionalmente, el pasado 24 de julio de 2018 fue aprobado en Colombia el primer Tratado Internacional que combate los delitos informáticos y la ciberdelincuencia, por lo que la lucha contra este delito ahora cuenta con importante cooperación internacional.
Si usted es víctima de este delito, en Pinzón Pinzón & Asociados Abogados le prestaremos toda la asesoría necesaria.
POR:
PAOLA SILVA
PINZÓN PINZÓN & ASOCIADOS